Artículo 26. Actividades de valorización material.
Artículo 26 de la Ley 3/2023, de 30 de marzo, de Economía Circular de Andalucía. · BOE-A-2023-9957
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-01.
Texto consolidado
Se entienden como actividades de valorización aquellas operaciones recogidas en el anexo II de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, a fin de su consideración como inversiones empresariales de interés estratégico.