Artículo 26. Centros y servicios que integran la Red de Bibliotecas Públicas.
Artículo 26 de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de la Lectura y de las Bibliotecas de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2011-7708
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-28.
Texto consolidado
Forman parte de la Red de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha:
a) La Biblioteca de Castilla-La Mancha, como principal centro de la Red.
b) Las Bibliotecas Públicas del Estado en Castilla-La Mancha, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.2 de esta Ley.
c) Las bibliotecas públicas de titularidad municipal que cumplan con los requisitos técnicos establecidos para pertenecer a la misma.
d) Las bibliotecas móviles y el resto de servicios de extensión bibliotecaria que se establezcan.
e) Las bibliotecas públicas de doble uso que cumplan con los requisitos técnicos establecidos para pertenecer a la Red.
f) Las restantes bibliotecas públicas que se integren en la Red de Bibliotecas Públicas que cumplan con los requisitos técnicos establecidos para pertenecer a la Red.