Artículo 26. Patrimonio.
Artículo 26 de la Ley 18/2001, de 19 de noviembre, de creación de la Comarca de Campo de Borja. · BOE-A-2001-22769
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-11-24.
Texto consolidado
El patrimonio de la comarca estará integrado por toda clase de bienes, derechos y acciones que legítimamente adquiera, bien a su constitución o con posterioridad. A tal efecto, deberá formarse un inventario, de conformidad con las disposiciones aplicables en general a las Entidades Locales.