Artículo 26.
Artículo 26 de la Ley 15/1983, de 14 de julio, de higiene y control alimentarios. · BOE-A-1983-23846
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-08-06.
Texto consolidado
Si a resultas de la inspección e investigación se considera que existe una práctica que constituye una de las infracciones tipificadas en esta Ley, los inspectores levantaran el acta correspondiente y se dirigirán a la autoridad competente para que incoe el oportuno expediente.