Artículo 26. Discapacidad.
Artículo 26 de la Ley 14/2022, de 23 de diciembre, de Juventud de La Rioja. · BOE-A-2023-1606
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-28.
Texto consolidado
Todas las actividades que se lleven a cabo en cualquier ámbito y estén dirigidas a la población joven deberán programarse y desarrollarse de forma que faciliten la inclusión de las personas jóvenes con discapacidad, evitando su separación en grupos apartados y fomentando su integración social.