Artículo 26. La planificación de los recursos humanos.
Artículo 26 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura. · BOE-A-2015-5016
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-04-10.
Texto consolidado
1. La planificación de los recursos humanos en las Administraciones Públicas de Extremadura, en aras de optimizar el volumen y disposición de su personal, tendrá como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y de la eficiencia en la utilización de los recursos disponibles mediante la dimensión adecuada de sus efectivos, su mejor distribución, formación, promoción profesional y movilidad.
2. La planificación de los recursos humanos se llevará a cabo a través de los siguientes instrumentos:
a) Planes de ordenación del empleo público.
b) Plantillas presupuestarias.
c) Oferta de empleo público.