Artículo 26. El cese del Gobierno.
Artículo 26 de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears. · BOE-A-2019-2862
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-03.
Texto consolidado
1. El Gobierno cesa:
a) Después de la celebración de elecciones al Parlamento.
b) Por dimisión de su Presidente.
c) Por pérdida de la confianza del Parlamento o por la aprobación de una moción de censura.
2. El Gobierno también cesa con motivo del cese del Presidente por las causas previstas en las letras e), f), g) y h) del artículo 5 de esta ley, o con motivo de su defunción.