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Decreto-ley Vigente

Artículo 26. Financiación.

Artículo 26 del Decreto-ley 14/2020, de 22 de julio, de medidas para la activación de la demanda en la Comunidad Autónoma de Extremadura tras la crisis sanitaria. · BOE-A-2020-9744

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-28.

Texto consolidado

El importe total de crédito para este programa de ayudas es de 1.500.000 euros; y se financiará con cargo a la partida presupuestaria 140030000 G/341A/47000, Proyecto de gasto 20200288 denominado «Plan de Reactivación de la actividad económica», financiado por FEDER (100%), con origen PO 2014-2020.(Objetivo temático 3. Prioridad de inversión 3.c. «El apoyo a la creación y ampliación de capacidades avanzadas para el desarrollo de productos y de servicios»; Objetivo específico OE 3.3.1. «Apoyo a la creación y ampliación de capacidades avanzadas para el desarrollo de productos y servicios») de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2020.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-07-28.

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