Artículo 26 bis. Recuperación de derechos indebidos.
Artículo 26 bis del Real Decreto 1680/2009, de 13 de noviembre, sobre la aplicación del régimen de pago único en la agricultura y la integración de determinadas ayudas agrícolas en el mismo a partir del año 2010. · BOE-A-2009-18119
Atención: Real Decreto 1680/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. En aplicación de lo establecido en el artículo 81 del Reglamento (CE) n.º 1122/2009 de la Comisión, de 29 de octubre, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 14.2 del presente real decreto, relativo a la asignación definitiva de derechos, si se demuestra que determinados derechos de pago único han sido asignados indebidamente a un productor, dichos derechos se transferirán a la reserva nacional y no se considerarán asignados.
Si el productor citado anteriormente, por haber realizado transferencias a otros productores, no dispone de una cantidad suficiente de derechos de pago único para cubrir el valor de los derechos que deben retirarse a favor de la reserva nacional, la obligación establecida en el párrafo anterior se aplicará también a los cesionarios proporcionalmente a la cantidad de derechos de pago que les han sido cedidos.
2. Asimismo, si se demuestra que el valor de los derechos de pago único asignados a un productor es demasiado elevado, dicho valor se ajustará, transfiriéndose a la reserva nacional el importe asignado indebidamente. Los derechos de pago único se considerarán asignados con el valor resultante del ajuste.
Si los derechos citados anteriormente han sido cedidos a otros productores de forma previa al ajuste, el valor resultante se trasladará a los derechos del cesionario.
3. Cuando se demuestre que el número de derechos asignados es incorrecto y esta asignación indebida no tenga incidencia en el valor total de de los derechos que recibe el productor, se calculará de nuevo el número y valor de los derechos de pago único y se corregirá, si procede, el tipo de derechos asignados.
Más artículos de Real Decreto 1680/2009
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- Ver la norma completa: Real Decreto 1680/2009, de 13 de noviembre, sobre la aplicación del régimen de pago único en la agricultura y la integración de determinadas ayudas agrícolas en el mismo a partir del año 2010.