Artículo 26. 3-2 Devengo y exigibilidad.
Artículo 26.3-2 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas. · BOE-A-2018-1870
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
1. El devengo se producirá en el momento en que se inicie el procedimiento.
2. La exigibilidad de la cuota o cantidad a ingresar se producirá en el momento del devengo.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-5482.