Artículo 254. Objeto de la función interventora.
Artículo 254 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2006-10085
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-05-29.
Texto consolidado
La función interventora tiene por objeto controlar, antes de que sean dictados, los actos a que se refiere el artículo siguiente que puedan dar lugar a la realización de gastos, así como los pagos que de ellos se deriven, y la inversión o aplicación en general de los fondos públicos, con el fin de asegurar que su gestión se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso.
Asimismo, estarán sujetos a fiscalización previa e intervención de derechos e ingresos los actos que deriven de devoluciones de ingresos y aquellos otros que reglamentariamente se determinen.