Artículo 251. Medidas cautelares en el procedimiento para la imposición de multas.
Artículo 251 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009. · BOE-A-2011-7703
Atención: Real Decreto 557/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. En iguales términos que los establecidos en el artículo 221 de este Reglamento se podrá proceder a la aprehensión de los bienes, efectos o instrumentos que hayan sido utilizados para la comisión de la infracción prevista en el artículo 54.1.b) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.
2. Cuando se siga expediente sancionador por alguna de las infracciones previstas en el artículo 54.2.b) y c) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, y los transportistas infrinjan la obligación de tomar a cargo al extranjero transportado ilegalmente, la autoridad gubernativa podrá acordar alguna de las siguientes medidas:
a) Suspensión temporal de sus actividades, que no podrá exceder de un periodo de seis meses.
b) Prestación de fianza o avales, en atención al número de afectados y el perjuicio ocasionado.
c) Inmovilización del medio de transporte utilizado hasta el cumplimiento de la referida obligación.
Más artículos de Real Decreto 557/2011
- ← Artículo 250. Contenido del acuerdo de iniciación del procedimiento para la imposición de multas.
- → Artículo 252. Resolución del procedimiento para la imposición de multas. Efectos y ejecutividad.
- Ver la norma completa: Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.