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Ley Vigente

Artículo 251-4. Importe de la factura.

Artículo 251-4 de la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña. · BOE-A-2010-13115

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-08-23.

Texto consolidado

1. El importe de la factura no puede ser superior al importe presupuestado, si existe.

2. Si durante la prestación del servicio aparecen nuevos conceptos que deben cobrarse a la persona consumidora u otras modificaciones del presupuesto, el prestador o prestadora debe hacer una ampliación o modificación, que debe comunicarse a la persona consumidora y que esta, si procede, debe aceptar, de modo que quede constancia de ello.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-08-23.

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