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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 25.

Artículo 25 del Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo. · BOE-A-1991-16269

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-05-05.

Texto consolidado

En el año académico 1992-93 se implantarán los cursos 1.º y 2.º del Grado Elemental y dejarán de impartirse las enseñanzas establecidas según el Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» del 24 de octubre), sobre Reglamentación general de los Conservatorios de Música correspondientes a los cursos siguientes:

1.º y 2.º de «Solfeo» y «Teoría de la Música»;

1.º de las especialidades de diez años;

1.º de las especialidades de ocho años;

1.° de las especialidades de siete años, y

1.º de las especialidades de cinco años.

Téngase en cuenta para su aplicación la disposición transitoria 2.1 del Real Decreto 535/1993, de 12 de abril. Ref. BOE-A-1993-11247.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-05-05.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1993-11247.

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