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Real Decreto Vigente

Artículo 25. Procedimiento de selección y aprobación de operaciones.

Artículo 25 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común. · BOE-A-2022-17475

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-10-27.

Texto consolidado

1. Las comunidades autónomas serán las competentes para evaluar, tramitar y resolver las solicitudes de inversiones en establecimientos ubicados en su territorio.

2. Los órganos competentes de las comunidades autónomas examinarán las solicitudes en cuanto a su conformidad con este real decreto y requerirán al solicitante, en su caso, la presentación de la documentación o información a subsanar, o de la adicional pertinente. Asimismo, establecerán una selección y priorización, de acuerdo con los criterios de prioridad establecidos en el ámbito nacional según el anexo XIII y la ponderación de los criterios establecida en el ámbito autonómico según el anexo XIV.

3. Las eventuales alegaciones que hayan podido presentar los interesados tras la presentación de la solicitud y antes de la emisión de la resolución de la ayuda deberán haber sido valoradas por las autoridades competentes de las comunidades autónomas antes de la remisión de las necesidades financieras al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-10-27.

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