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Real Decreto Derogada

Artículo 25.

Artículo 25 del Real Decreto 2020/1986, de 22 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras. · BOE-A-1986-25968

Atención: Real Decreto 2020/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Cuando la Comisión efectúe pagos conforme a lo dispuesto en los artículos anteriores, lo que en ningún caso supondrá aceptación ni reconocimiento de deuda o responsabilidad de clase alguna, quedará subrogado en todos los derechos de los perceptores frente a la Entidad disuelta, siendo de aplicación, en lo pertinente, lo dispuesto en el capítulo VII, título IV, libro 4.º del Código Civil.

La Comisión concurrirá en la liquidación con el resto de los acreedores como titular de los créditos así adquiridos, asumiendo, en su caso, y con cargo a su patrimonio, las pérdidas que pudieran producirse como consecuencia del precio de adquisición fijado de acuerdo con las normas del artículo 23.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-10-01.

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