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Real Decreto Vigente

Artículo 25. Justificación del cumplimiento.

Artículo 25 del Real Decreto 1178/2008, de 11 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las explotaciones ganaderas, las industrias agroalimentarias y establecimientos de gestión de subproductos para la mejora de la capacidad técnica de gestión de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano. · BOE-A-2008-11879

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-07-13.

Texto consolidado

Los beneficiarios de las ayudas deberán justificar el cumplimiento de la finalidad para la que fueron concedidas y la aplicación de los fondos percibidos, mediante la presentación de la documentación justificativa correspondiente, en el plazo y la forma que determine la administración las otorgó. En todo caso, la justificación será previa al pago de la subvención.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-07-13.

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