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Real Decreto Vigente

Artículo 25. Garantías financieras de los sistemas individuales.

Artículo 25 del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases. · BOE-A-2022-22690

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-29.

Texto consolidado

1. El productor que opte por un sistema individual de responsabilidad ampliada deberá presentar la acreditación de la suscripción de la garantía financiera junto con la comunicación, ante el órgano competente de la comunidad autónoma.

2. El órgano competente al que se haya dirigido la comunicación supervisará la documentación presentada, así como el cálculo de la cuantía de la garantía en función de lo previsto en el artículo anterior.

3. La garantía deberá estar vigente en el momento del inicio de la actividad del sistema de responsabilidad individual.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-12-29.

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