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Orden Derogada

Artículo 25. Intransmisibilidad de las autorizaciones.

Artículo 25 de la Orden de 23 de julio de 1997 por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte discrecional y privado complementario de viajeros en autobús. · BOE-A-1997-17306

Atención: BOE-A-1997-17306 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las autorizaciones de transporte privado complementario de viajeros en autobús serán instransmisibles en todo caso.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-07-01.

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