Artículo 25.
Artículo 25 de la Orden de 23 de enero de 1964 por la que se aprueban los Estatutos Generales por los que ha de regirse el Colegio Nacional de Ingenieros procedentes del Instituto Católico de Artes e Industrias. · BOE-A-1964-3432
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-09-03.
Texto consolidado
Corresponde a la Junta General:
a) La aprobación del reglamento de régimen interno del colegio, así como la propuesta de modificación de estos estatutos generales.
b) La aprobación de las cuentas anuales, de la memoria, del presupuesto y de la gestión de la Junta de Gobierno.
c) La aprobación de la creación de nuevos servicios colegiales, a propuesta de la Junta de Gobierno.
d) La aprobación de las normas generales ordenadoras del ejercicio de la profesión.
e) La elección de los cargos de Junta de Gobierno.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2003-16975.