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Orden Derogada

Artículo 25.

Artículo 25 de la Orden de 22 de febrero de 1999 sobre normas de funcionamiento y régimen interior de los centros de internamiento de extranjeros. · BOE-A-1999-4528

Atención: BOE-A-1999-4528 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

A los extranjeros ingresados se les asignará dormitorio, procurando, si éstos fueran colectivos, acomodarlos con otros extranjeros de igual nacionalidad o similar idioma o costumbres, si ese fuera su deseo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-03-16.

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