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Ley Orgánica Vigente

Artículo 25. De la celebración del juicio y otras actuaciones procesales en España.

Artículo 25 de la Ley Orgánica 18/2003, de 10 de diciembre, de Cooperación con la Corte Penal Internacional. · BOE-A-2003-22715

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-12-12.

Texto consolidado

Si la Corte propusiere la celebración del juicio u otras actuaciones procesales en España, el Ministerio de Justicia, previa consulta con los Ministerios de Asuntos Exteriores y del Interior y otras autoridades competentes, comunicará a la Corte la decisión al respecto. En su caso, los aspectos no jurisdiccionales de dichas actuaciones estarán sometidos al acuerdo específico que se celebre con la Corte.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-12-12.

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