Artículo 25. Concesión.
Artículo 25 de la Ley Foral 9/2010, de 28 de abril, de ayuda a las víctimas del terrorismo. · BOE-A-2010-8617
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-11.
Texto consolidado
El Gobierno de Navarra, previa valoración de las circunstancias que concurran en cada caso, podrá conceder a las víctimas, así como a las instituciones o entidades que se hayan distinguido por su lucha contra el terrorismo y en la defensa de los valores democráticos, las distinciones y honores previstos en la normativa foral reguladora de esta materia, como muestra de la solidaridad de la sociedad navarra hacia ellas así como el reconocimiento de las instituciones navarras representadas por el Gobierno.