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Ley Vigente

Artículo 25. Comité de Actividad Física y Deporte Universitario de la Región de Murcia.

Artículo 25 de la Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia. · BOE-A-2015-4749

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-16.

Texto consolidado

1. Se crea el Comité de Actividad Física y Deporte Universitario de la Región de Murcia como órgano colegiado adscrito a la consejería competente en materia de actividad física y deporte, con el objetivo de ordenar las actividades de deporte universitario en la Región de Murcia, coordinar a los diversos agentes públicos y privados existentes en dicho ámbito y garantizar la existencia de un modelo de actividad física y deporte universitario cohesionado y adaptado a los diferentes objetivos existentes en este ámbito.

2. El Comité ejercerá las siguientes funciones:

a) Formulación de propuestas de carácter general y específico para la elaboración de los programas concretos y acciones a desarrollar en materia de actividad física y deporte universitario.

b) Coordinación y seguimiento de la organización de campeonatos y campañas interuniversitarias.

c) Formulación de propuestas a las universidades sobre los calendarios de las competiciones.

d) Aportación de criterios que aseguren la calidad de las estructuras o agentes de la actividad física y deporte universitario.

e) Coordinar la configuración de las diferentes estructuras de participación y características principales de las competiciones.

f) Elaboración de criterios para asegurar la adecuada incorporación de la perspectiva de género en los distintos programas y actividades.

g) Cualesquiera otras cuestiones relacionadas con la coordinación del deporte universitario que le sean sometidas al Comité por la dirección general competente en materia de la actividad física y el deporte.

3. El Comité de Actividad Física y Deporte Universitario de la Región de Murcia estará integrado por un Presidente, que será el director general competente en materia de actividad física y deportes, el cual tendrá voz y voto, por un representante de cada universidad de la Región de Murcia, con voz y voto. La secretaria del Comité será de carácter anual y rotatorio por parte de cada una de las universidades de la Región de Murcia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-16.

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