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Ley Vigente

Artículo 25. Adscripción.

Artículo 25 de la Ley 8/2006, de 14 de junio, de Creación del Consorcio de Transportes de Mallorca. · BOE-A-2006-12862

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-23.

Texto consolidado

Para el cumplimiento de sus fines, el Consorcio de Transportes de Mallorca puede solicitar a la Presidencia del Gobierno de las Illes Balears –a través de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes– la adscripción de bienes del patrimonio de la comunidad autónoma con carácter permanente y directo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-06-23.

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