Artículo 25. Difusión.
Artículo 25 de la Ley 7/2018, de 14 de diciembre, por la que se regula la Conferencia de Titulares de Alcaldías y Presidencias de Diputación, el estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos. · BOE-A-2019-804
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE.
Texto consolidado
1. Las entidades locales que dispongan de sistemas de grabación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 15 de esta ley, al objeto de salvaguardar la transparencia, podrán arbitrar los medios técnicos precisos para ampliar la difusión, instalando sistemas de megafonía, circuitos cerrados de televisión o permitiendo el acceso remoto de los medios de comunicación al sistema de grabación propio.
2. Las entidades locales podrán promover la grabación y publicación de las sesiones plenarias en plataformas accesibles para la ciudadanía a través de internet o redes sociales, o su retransmisión en directo.
Más artículos de Ley 7/2018
- ← Artículo 24. Derecho de información y grabación.
- → Artículo 26. Derecho a la propia imagen.
- Ver la norma completa: Ley 7/2018, de 14 de diciembre, por la que se regula la Conferencia de Titulares de Alcaldías y Presidencias de Diputación, el estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos.