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Ley Vigente

Artículo 25. Morosidad de los consumidores.

Artículo 25 de la Ley 7/2014, de 23 de julio, de protección de las personas consumidoras y usuarias de las Illes Balears. · BOE-A-2014-8820

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-10-31.

Texto consolidado

Una empresa solo podrá manifestar que un consumidor se encuentra en mora cuando se cumplan los requisitos establecidos por la legislación de protección de datos de carácter personal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-10-31.

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