Artículo 25.
Artículo 25 de la Ley 6/1991, de 19 de abril, de Archivos y del Patrimonio Documental de Castilla y León. · BOE-A-1991-14132
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-06-04.
Texto consolidado
La Consejería de Cultura y Bienestar Social podrá requerir a los archivos que conserven documentos pertenecientes a otros archivos de titularidad pública o que hayan de ser conservados en éstos, a que obligatoriamente entreguen dichos documentos al archivo al que legalmente correspondan.