Artículo 25. Organismos ejecutores del plan.
Artículo 25 de la Ley 5/2013, de 30 de mayo, de fomento de la investigación y de la innovación de Galicia. · BOE-A-2013-7478
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-09-17.
Texto consolidado
1. La ejecución del plan corresponde a los agentes del Sistema gallego de investigación e innovación, de acuerdo con sus capacidades y según resulte pertinente en función de los objetivos perseguidos y de la tipología y alcance de las acciones previstas.
2. Dentro de la definición de actuaciones, en el Plan gallego de investigación e innovación deberá establecerse la relación de agentes que tengan la consideración de organismos ejecutores implicados en su desarrollo y especificarse el modo en que su participación se debe concretar en cada caso.
3. Las entidades instrumentales del sector público autonómico de Galicia que hayan sido creadas con competencias y funciones en la promoción de la investigación, transferencia, valorización e innovación tecnológica tendrán el carácter de organismos ejecutores del plan.