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Ley Vigente

Artículo 25. Premios a la calidad de los servicios públicos y a las mejores prácticas en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 25 de la Ley 5/2013, de 20 de junio, de calidad de los Servicios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2013-8015

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-04.

Texto consolidado

1. Se crean los premios a la calidad de los servicios públicos y a las mejores prácticas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, que tendrán como finalidad reconocer a los órganos y entidades dependientes de la Administración pública que se hayan distinguido en la realización de actividades de mejora en la calidad del servicio ofrecido al ciudadano y a las iniciativas destinadas a la mejora de la calidad.

2. En la concesión de los premios, que no tendrán dotación económica, se valorarán la calidad del servicio ofrecido a los ciudadanos y la opinión que éstos tienen como usuarios de dicho servicio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-07-04.

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