Artículo 25. De otros centros y servicios.
Artículo 25 de la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos. · BOE-A-2002-14844
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-07-28.
Texto consolidado
Se incluyen en el ámbito de esta Ley los centros o servicios de carácter público o privado que actúan específicamente en la asistencia o integración social de los drogodependientes, y en especial los de las organizaciones no gubernamentales que actúan en el sector de las drogodependencias.
Más artículos de Ley 5/2002
- ← Artículo 24. Definición de centros de asistencia e integración a los drogodependientes.
- → Artículo 26. De los requisitos mínimos de los centros de asistencia e integración de los drogodependientes.
- Ver la norma completa: Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos.