El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 25.

Artículo 25 de la Ley 5/1982, de 20 de mayo, de creación del Ente Público Radio Televisión Vasca. · BOE-A-2012-5534

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-06-03.

Texto consolidado

Los Directores de los Medios estarán obligados a emitir, al día siguiente a su recepción, cuantas notas y comunicados le remita la Administración, a través del Director del Ente Público, rectificando o aclarando informaciones emitidas sobre actos propios de su competencia y función. La rectificación deberá ser emitida en el programa informativo correspondiente al mismo horario en que fue emitida la información causante.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1982-06-03.

Más artículos de Ley 5/1982

En El Vínculo puedes leer Ley 5/1982 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.