Artículo 25. Retribuciones de los Altos Cargos de los Órganos Constitucionales.
Artículo 25 de la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1999. · BOE-A-1998-30154
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-01.
Texto consolidado
Las retribuciones para 1999 de los Altos Cargos comprendidos en el presente artículo se fijan en las siguientes cuantías:
Uno. Consejo General del Poder Judicial.
1. Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial:
Pesetas
Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)
4.289.936
Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)
15.732.336
Total
20.022.272
2. Vocales del Consejo General del Poder Judicial:
Pesetas
Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)
4.289.936
Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)
12.780.336
Total
17.070.272
3. Secretario general del Consejo General del Poder Judicial:
Pesetas
Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)
4.064.172
Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)
12.428.508
Total
16.492.680
4. Además de las cantidades contempladas en los apartados anteriores, los Altos Cargos antes referidos percibirán las retribuciones por antigüedad que pudieran corresponderles de acuerdo a la normativa vigente y las derivadas de los acuerdos del Consejo General del Poder Judicial en materia de adecuación por este mismo concepto.
Dos. Tribunal Constitucional.
1. Presidente del Tribunal Constitucional:
Pesetas
Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)
6.590.458
Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)
12.789.852
Total
19.380.310
2. Vicepresidente del Tribunal Constitucional:
Pesetas
Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)
6.590.458
Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)
11.947.176
Total
18.537.634
3. Magistrado del Tribunal Constitucional:
Pesetas
Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)
6.590.458
Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)
10.261.956
Total
16.852.414
4. Además de las cantidades contempladas en los apartados anteriores, los Altos Cargos anteriormente referidos percibirán las retribuciones por antigüedad que pudieran corresponderles de acuerdo a la normativa vigente y las derivadas de los acuerdos del Tribunal Constitucional en materia de adecuación por este mismo concepto.
Tres. Tribunal de Cuentas.
1. Presidente del Tribunal de Cuentas:
Pesetas
Remuneraciones anuales a percibir en 14 mensualidades iguales ...............
16.358.790
2. Presidente de Sección:
Pesetas
Remuneraciones anuales a percibir en 14 mensualidades iguales ...............
16.358.790
3. Consejero de Cuentas:
Pesetas
Remuneraciones anuales a percibir en 14 mensualidades iguales ...............
16.358.790
4. Además de las cantidades contempladas en los apartados anteriores, los Altos Cargos anteriormente referidos percibirán las retribuciones por antigüedad que pudieran corresponderles de acuerdo a la normativa vigente.
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