Artículo 25. Difusión de resultados sintéticos.
Artículo 25 de la Ley 3/2002, de 17 de mayo, de Estadística de las Illes Balears. · BOE-A-2002-11487
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-07-30.
Texto consolidado
La difusión de los resultados sintéticos de las estadísticas de interés de la comunidad autónoma de las Illes Balears es obligatoria y de acceso gratuito para todas las personas e instituciones. Los programas anuales establecerán los calendarios de difusión de los datos de las operaciones estadísticas que se prevén.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2017-10496.