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Ley Vigente

Artículo 25. Retribuciones de los altos cargos de los órganos constitucionales.

Artículo 25 de la Ley 23/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2002. · BOE-A-2001-24964

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-01.

Texto consolidado

Las retribuciones para el año 2002 de los altos cargos comprendidos en el presente artículo se fijan en las siguientes cuantías, sin perjuicio de las que pudiera corresponderles por el concepto de antigüedad.

Uno. Consejo General del Poder Judicial.

1. Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

27.361,32

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

100.340,76

Total

127.702,08

2. Vocal del Consejo General del Poder Judicial:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

27.361,32

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

81.513,00

Total

108.874,32

3. Secretario general del Consejo General del Poder Judicial:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

25.921,42

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

79.269,00

Total

105.190,42

Dos. Tribunal Constitucional.

1. Presidente del Tribunal Constitucional:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

42.858,20

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

83.173,20

Total

126.031,40

2. Vicepresidente del Tribunal Constitucional:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

42.858,20

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

77.693,16

Total

120.551,36

3. Presidente de Sección del Tribunal Constitucional:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

42.858,20

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

72.213,60

Total

115.071,80

4. Magistrado del Tribunal Constitucional:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

42.858,20

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

66.734,16

Total

109.592,36

5. Secretario general del Tribunal Constitucional:

Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades)

33.453,42

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades)

59.248,80

Total

92.702,22

Tres. Tribunal de Cuentas.

1. Presidente del Tribunal de Cuentas:

Euros

Remuneraciones anuales a percibir en 14 mensualidades iguales

104.336,28

2. Presidente de Sección del Tribunal de Cuentas:

Euros

Remuneraciones anuales a percibir en 14 mensualidades iguales

104.336,28

3. Consejero de Cuentas del Tribunal de Cuentas:

Euros

Remuneraciones anuales a percibir en 14 mensualidades iguales

104.336,28

4. Secretario general del Tribunal de Cuentas:

Euros

Remuneraciones anuales a percibir en 14 mensualidades iguales

88.880,12

Cuatro. Retribuciones por el concepto de antigüedad. Además de las cantidades derivadas de lo dispuesto en los párrafos anteriores, dichos altos cargos percibirán, en su caso, las retribuciones fijadas en los Acuerdos aprobados por el propio órgano en materia de adecuación por el concepto de antigüedad, y si hubieran tenido la condición previa de funcionarios públicos, con independencia de su situación de actividad, jubilación o retiro como funcionarios, tendrán derecho a seguir perfeccionando los trienios reconocidos bajo dicha condición, según la normativa, en cada caso, aplicable y a percibir, en catorce mensualidades, la diferencia resultante por este concepto, cuando la cuantía derivada de dicha normativa fuera superior a la aprobada en los referidos Acuerdos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-01-01.

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