Artículo 25. De la inspección y control.
Artículo 25 de la Ley 2/2022, de 22 de julio, de ordenación del ejercicio de las profesiones del deporte y la actividad física en la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2022-13726
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-26.
Texto consolidado
Las funciones de inspección y control del cumplimiento de las disposiciones de esta ley corresponderán, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley 2/2011, de 22 de marzo, de la Generalitat, del deporte y la actividad física de la Comunitat Valenciana, a la Inspección Deportiva.
Asimismo, el régimen sancionador de las infracciones tipificadas en virtud de esta ley, se regulará también, por las disposiciones de la Ley 2/2011, de 22 de marzo, que resulten aplicables y la normativa reguladora de procedimiento administrativo común.