El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 25. Papeletas y actas de un referéndum municipal.

Artículo 25 de la Ley 12/2019, de 12 de marzo, de consultas populares y procesos participativos. · BOE-A-2019-5581

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-08.

Texto consolidado

1. La Junta Electoral de Zona aprobará con un mes de antelación, como mínimo, a la fecha indicada para la votación el modelo de papeletas, así como el de las actas de las mesas electorales.

2. En cualquier caso, en la papeleta figurará la pregunta o preguntas que se formulen. Asimismo, constará la indicación de los monosílabos «sí» y «no» con una casilla al lado de cada uno, de manera que el votante pueda expresar su decisión marcando la casilla que considere oportuna o dejar en blanco el espacio reservado a este efecto.

3. La corporación municipal organizadora entregará las papeletas de votación en un número suficiente a las mesas electorales, al menos una hora antes del momento en que se tenga que iniciar la votación, las cuales serán las únicas válidas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-04-08.

Más artículos de Ley 12/2019

En El Vínculo puedes leer Ley 12/2019 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.