Artículo 25. Formación y actualización del Inventario General.
Artículo 25 de la Ley 11/2006, de 26 de octubre, del patrimonio de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2006-21908
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-19.
Texto consolidado
1. La formación y la actualización del Inventario General se realizarán de acuerdo con los criterios que establezca la consejería competente en materia de hacienda.
2. Las unidades competentes en materia de gestión del inventario, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24 de esta ley, adoptarán las medidas oportunas para la inmediata constancia en el Inventario General de los hechos, actos o negocios relativos a los bienes y derechos de que sean responsables, y notificarán a la consejería competente en materia de hacienda aquellos otros que puedan afectar a la situación jurídica y física de los bienes y derechos o al destino o uso de éstos.