Artículo 25. Suspensión de licencias.
Artículo 25 de la Ley 11/2006, de 22 de diciembre, sobre Régimen del Comercio Minorista y Plan de Equipamientos Comerciales de la Región de Murcia. · BOE-A-2007-9420
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-03.
Texto consolidado
El Consejo de Gobierno puede suspender el otorgamiento de las licencias comerciales en la Región de Murcia, por el periodo de un año, prorrogable por seis meses más, si se elabora o revisa el Plan de Equipamientos Comerciales.