Artículo 25. Ámbito de aplicación de las normas sobre gastos de personal.
Artículo 25 de la Ley 1/2021, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2022. · BOE-A-2022-952
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.
Texto consolidado
Las disposiciones incluidas en el título III se aplican a todo el personal al servicio de:
a) La Administración de la Generalidad.
b) El Servicio Catalán de la Salud.
c) El Consejo de Trabajo, Económico y Social; la Autoridad Catalana de Protección de Datos; el Instituto Catalán Internacional por la Paz; la Autoridad Catalana de la Competencia, y el Consejo Audiovisual de Cataluña.
d) Las entidades autónomas de carácter administrativo.
e) Las entidades autónomas de carácter comercial.
f) Las entidades de derecho público.
g) Las sociedades mercantiles con participación total o mayoritaria de la Generalidad.
h) Los consorcios con participación mayoritaria de la Generalidad y los consorcios adscritos a la Administración de la Generalidad.
i) Las fundaciones con participación total o mayoritaria de la Generalidad y las fundaciones adscritas a la Administración de la Generalidad.
j) Las universidades públicas.