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Ley Derogada

Artículo 25. Centros especiales de empleo.

Artículo 25 de la Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía. · BOE-A-1999-10046

Atención: Ley 1/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se fomentará el empleo estable de los trabajadores con minusvalía mediante programas destinados a la creación y mantenimiento de centros especiales de empleo, que, previamente, hayan sido calificados como tales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-07-17.

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