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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 25. Reclamaciones y recursos.

Artículo 25 del Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos. · BOE-A-1998-23233

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-06-27.

Texto consolidado

1. Contra los actos de gestión se podrá recurrir en vía económico-administrativa ante el titular de la Consejería competente en materia de hacienda, sin perjuicio del derecho a interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto.

2. La resolución de las reclamaciones económico-administrativas agotará la vía administrativa y podrá ser, en todo caso, objeto de recurso contencioso-administrativo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-06-27.

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