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Decreto Vigente

Artículo 25.

Artículo 25 del Decreto 569/1970, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes Vecinales en Mano Común. · BOE-A-1970-266

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1970-04-18.

Texto consolidado

El Jurado podrá suspender la adopción de acuerdo resolutorio si estimase que el expediente no se encuentra completo, que existen dudas sin aclarar o que resulta precisa alguna información complementaria. En estos casos ordenará que por el Instructor se proceda a completar el expediente en la forma que haya sido acordada y en un plazo que no podrá exceder de treinta días para ello.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1970-04-18.

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