Artículo 25 bis. Acción popular.
Artículo 25 bis de la Ley 5/2018, de 17 de octubre, para la protección, reconocimiento y memoria de las víctimas del terrorismo. · BOE-A-2018-16540
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-11-22.
Texto consolidado
La Comunidad de Madrid podrá ejercer la acción popular en los procedimientos penales seguidos por enaltecimiento o justificación públicos de los delitos de terrorismo, así como por actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares, en la forma y condiciones establecidas por la legislación procesal.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en el BOCM núm. 284, de 29 de noviembre de 2022. Ref. BOCM-m-2022-90373