Artículo 25.24-6. Afectación.
Artículo 25.24-6 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-31.
Texto consolidado
La tasa tiene carácter finalista, por lo que, de acuerdo con el artículo 1.1-3, los ingresos derivados de la misma deben destinarse a financiar las actuaciones de mantenimiento y conservación de la red viaria de titularidad de la Generalidad.