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Real Decreto Vigente

Artículo 24. Vicedirector-Tesorero.

Artículo 24 del Real Decreto 542/2004, de 13 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando. · BOE-A-2004-9434

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-05-22.

Texto consolidado

El Vicedirector-Tesorero sustituirá al Director en caso de ausencia o enfermedad y ejercerá las funciones que aquél le encomiende para la coordinación y supervisión de los distintos servicios y departamentos de la Academia. Desempeñará además la tesorería de la corporación, recaudando las cantidades que por cualquier concepto pertenezcan a aquélla, ordenando los gastos y pagos y llevando cuenta y razón de todo ello en la forma que, con la intervención del Director, se establezca.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-05-22.

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