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Real Decreto Vigente

Artículo 24. Características técnicas del arte de rasco.

Artículo 24 del Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales. · BOE-A-2022-10675

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-29.

Texto consolidado

1. Las dimensiones de las mallas no serán inferiores a 250 milímetros.

2. Cada una de las piezas de red o paños que componen el arte tendrá una longitud máxima de 50 metros y una altura máxima de 15 mallas. La longitud máxima total del arte, medido de puño a puño, no podrá exceder de 20.000 metros. A su vez, la suma de las longitudes de redes caladas simultáneamente no podrá exceder de 60.000 metros totales.

3. Queda prohibido calar artes de rasco por dentro de la isóbata de 50 metros

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-06-29.

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