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Real Decreto Derogada

Artículo 24. Ficheros inscribibles.

Artículo 24 del Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia de Protección de Datos. · BOE-A-1993-11252

Atención: Real Decreto 428/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Serán objeto de inscripción en el Registro los ficheros automatizados que contengan datos personales y de los cuales sean titulares:

a) La Administración General del Estado.

b) Las entidades y organismos de la Seguridad Social.

c) Los organismos autónomos del Estado, cualquiera que sea su clasificación.

d) Las sociedades estatales y entes del sector público a que se refiere el artículo 6 de la Ley General Presupuestaria.

e) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de sus Territorios Históricos, así como sus entes y organismos dependientes, sin perjuicio de que se inscriban además en los registros a que se refiere el artículo 40.2 de la Ley Orgánica 5/1992.

f) Las entidades que integran la Administración Local y los entes y organismos dependientes de la misma.

g) Cualesquiera otras personas jurídico-públicas, así como las personas privadas, físicas o jurídicas.

2. En los asientos de inscripción de los ficheros de titularidad pública figurará, en todo caso, la información contenida en la disposición general de creación o modificación del fichero, de conformidad con lo previsto en el artículo 18.2 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre.

3. En los asientos de inscripción de los ficheros de titularidad privada figurarán, en todo caso, la información contenida en la notificación del fichero a excepción de las medidas de seguridad, así como los cambios de finalidad del fichero, de responsable y de ubicación del fichero.

4. En los asientos de inscripción de cualesquiera ficheros de datos de carácter personal figurarán los datos relativos a los ficheros que sean necesarios para el ejercicio de los derechos de información, acceso, rectificación y cancelación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-05-24.

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