El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Artículo 24. Reconocimiento de validación de estudios y de experiencia.

Artículo 24 del Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2011-14987

Atención: Real Decreto 1239/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Consejo de Gobierno establecerá los criterios y procedimientos para los cambios de titulación, el reconocimiento de créditos y cualesquiera otras formas de reconocimiento de validación de estudios y/o de experiencia, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.

2. Los expedientes de convalidación parcial o reconocimiento de créditos de los estudios realizados previamente en otros centros o universidades se tramitarán en las Facultades, Escuelas, Departamentos o Institutos universitarios de investigación que tengan a su cargo en la UNED los respectivos planes o programas de estudios en los que el solicitante está matriculado.

3. La resolución favorable de las solicitudes de convalidación o reconocimiento de créditos de estudios tendrá efectos meramente académicos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-09-23.

Más artículos de Real Decreto 1239/2011

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1239/2011 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.