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Real Decreto Derogada 3 redacciones

Artículo 24.

Artículo 24 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. · BOE-A-1987-22094

Atención: Real Decreto 1174/1987 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El ingreso en las subescalas de Secretaría y de Intervención-Tesorería se efectuará con la categoría de entrada.

2. El acceso a la categoría superior se llevará a cabo mediante los siguientes procedimientos:

a) Superación de pruebas de aptitud realizadas en el Instituto de Estudios de Administración Local, previa convocatoria pública abierta a todos aquellos funcionarios que posean la categoría de entrada para la mitad de las plazas a proveer.

b) Por concurso de méritos entre funcionarios pertenecientes a la categoría de entrada para el resto de las plazas a proveer, que se resolverá por aplicación del baremo de méritos generales.

3. El acceso a la categoría superior exigirá, en todo caso, tener al menos dos años de antigüedad en la categoría de entrada, computados a partir de la publicación del nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-07-10.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2003-13738.

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